Alternativa Legal a la Licencia Turística
NRUA para Alquiler por Habitaciones
160 € + IVA / habit.
Registro obligatorio para uso no turístico y Rent to Rent.
La normativa 2026 exige que cualquier vivienda destinada al subarriendo por habitaciones o temporada cuente con su propio NRUA de uso no turístico.
¿Licencia turística denegada? No pierdas tu inversión. El alquiler de temporada por habitaciones te permite rentabilizar tu activo legalmente sin las restricciones del Plan Especial de Hospedaje.
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Soluciones para Rent to Rent
Si gestionas inmuebles bajo el modelo de Rent to Rent, el NRUA por habitaciones es tu blindaje legal. Te permite publicar en portales con total transparencia y evitar las sanciones vinculadas al alquiler turístico encubierto. En GPI 360 legalizamos carteras completas de habitaciones de forma ágil.
Preguntas Frecuentes
¿Por qué necesito un NRUA si no es alquiler turístico?
La nueva normativa obliga a registrar todas las unidades de alojamiento de corta y media estancia. El NRUA «no turístico» identifica que tu actividad es legal y está sujeta a contratos de temporada o habitaciones, diferenciándola del uso hotelero.
¿Existe un mínimo de días para alquilar?
No existe un número mínimo de días. La clave legal no es la duración, sino la **finalidad**. El alquiler debe estar siempre justificado por un motivo concreto del inquilino (traslado laboral, estudios, tratamiento médico, reformas en su casa, etc.).
¿Puedo usar este NRUA si me han denegado la licencia turística?
Sí, es la opción preferida por muchos propietarios. Al pasar de «Uso Turístico» a «Alquiler de Temporada por Habitaciones», sales del ámbito de las licencias municipales de hospedaje y te riges por la LAU o el Código Civil, siempre que obtengas tu NRUA correspondiente.
¿Necesito un número por cada habitación?
Sí. La administración requiere que cada unidad que se comercialice de forma independiente en plataformas tenga su propio identificador NRUA para garantizar la trazabilidad de la actividad.
